¿Te ha pasado que saliendo del supermercado te revisan tu ticket de compra y los artículos que llevas? Esto se ha vuelto una práctica muy común en los establecimientos ante los constantes robos que se han registrado, pero debes saber que esto es ilegal.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), señala en sus artículos 9o. y 10 de la Ley Federal de Protección Consumidor (LFPC), que los proveedores de bienes o servicios tienen prohibido realizar acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad de los consumidores.
ARTÍCULO 10.- Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones
que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de
registro o averiguación.
Lo anterior se debe a que no pueden revisar los artículos que llevan bajo el pretexto de registro o averiguación, sin importar que sean realizadas por el mismo proveedor, colaboradores, subordinados, vigilantes, guardias o personal auxiliar que trabaje en dicho lugar.
Por lo tanto, si algún cliente es sorprendido en flagrancia cometiendo algún delito, los proveedores, sus agentes o empleados solo se deben limitar, bajo su responsabilidad, a poner al presunto infractor a disposición de la autoridad que corresponda.
Por lo tanto, si se sigue revisando a los clientes, la Profeco podría imponer una multa de 834.15 a 3,262,498.76 pesos (para 2021), en términos del precepto 128 de la LFPC. De igual forma, el afectado podría pedir la reparación del daño moral o en su caso la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.
Hace unos días el director de la Profeco hizo un llamado a los establecimientos a dejar de realizar estas prácticas que son indebidas, y dijo que se estará revisando que esto se cumpla, de lo contrario se podrían imponer las multas correspondientes.