El día de hoy por unanimidad, el Instituto Nacional de Transparencia (INAI), decidió intreponer la «acción de inconstitucionalidad» ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mecanismo que será empleado para tratar de impugnar el nuevo Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) y contra el que ya se han presentado varios amparos.
Esta acción consiste en argumentar que el nuevo PANAUT es abiertamente inconstitucional, argumento similar que utilizó la CNDH para tratar de impugnar las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor que provocaría «censura previa» como denunciaron diversas organizaciones, en Agosto del 2020.
AÚN QUEDA UN LARGO CAMINO
Es decir, si la Suprema Corte reconoce la acción de inconstitucionalidad todo lo aprobado sobre el PANAUT se eliminaría, ya no tendría efecto,es decir aunque el Congreso lo haya aprobado, o el Presidente o incluso que se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Cuáles fueron esos motivos para que fuera considerada como una acción de inconstitucionalidad los del INAI
- No hay una precisión acerca de qué datos biométricos deberán entregar los usuarios.
- Si es para identificación no es necesario otorgar un dato biométrico puesto que la RENAPO debe contar con esa información
- El tamaño de ese padrón de ese calibre pone en riesgo la protección de datos personales de millones de mexicanos
- No hay relación directa entre la existencia de un padrón, una investigación más óptima y la persecución de los delitos, lo anterior en base a la opinión de la Comisionada Julieta Del Río.
Lo realizado por el INAI ha sido celebrado por el Director de Red por la Defensa de los Derechos Digitales, Luis Fernando García, presentándolo como acción de inconstitucionalidad. También comentó, en que se insistirá para que la CNDH haga lo mismo.